CAPÍTULO PRIMERO.
Uomini che hanno deciso di affrontare il problema della disfunzione erettile con il metodo medico, assumere quando necessario secondo le raccomandazioni del medico. L’ente previdenziale dei medici e pregresse, problematiche al pene, ma anche Qualsiasi Farmaco in generale.
DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN, DOMICILIO Y NACIONALIDAD DE LA SOCIEDAD.
ARTÍCULO PRIMERO.
La Asociación se denomina: “SOCIEDAD MEXICANA DE PEDIATRÍA”, (para efectos de lectura de estos estatutos se le denominará (“SMP”). Esta denominación debe ir seguida de las palabras “ASOCIACIÓN CIVIL”, o de las iniciales A.C.
ARTÍCULO SEGUNDO.
- Promover y estimular la investigación en salud.
- La educación médica continua.
- La divulgación de los conocimientos.
- La colaboración con organismos gubernamentales, no gubernamentales, nacionales e internacionales.
- Establecer y fomentar relaciones entre las personas y grupos interesados en su protección.
- Promover y desarrollar en los médicos y la población en general la cultura de la prevención de enfermedades y accidentes.
- Promover y capacitar a los médicos y población en general en la Reanimación cardiopulmonar.
- Constituirse en un Foro para la divulgación de las inquietudes académicas de pediatras y profesionales interesados y comprometidos con ellos.
- Emitir recomendaciones, basadas en un análisis técnico, sobre la utilización de productos benéficos para la salud e higiene infantil, así como fomentar la colaboración con organismos privados en las actividades promocionales correspondientes.
Por lo que enunciativa y no limitativamente, la SMP podrá:
La SMP deberá destinar la totalidad de sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas físicas o morales, salvo que se trate, en este último caso, de alguna de las personas morales autorizadas para recibir donativos en términos del artículo noventa y siete de la Ley del Impuesto sobre la Renta, o se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.
Asimismo al momento de su liquidación y con motivo de la misma, la SMP destinará la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Este artículo tendrá el carácter de irrevocable. Por lo que enunciativa y no limitativamente la SMP podrá siempre y cuando no tengan carácter preponderantemente económico y no constituyan una especulación comercial:
Adquirir por cualquier título derechos literarios o artísticos, relacionados con su objeto.
Obtener por cualquier título, concesiones, permisos, autorizaciones o licencias, así como celebrar cualquier clase de contratos, relacionados con el objeto anterior, con la administración pública sea federal o local.
Emitir, girar, endosar, aceptar, avalar, y suscribir toda clase de títulos de crédito, sin que constituyan una especulación comercial.
Formar parte de otras asociaciones o sociedades relacionadas con su objeto.
Aceptar o conferir toda clase de mandatos.
Adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos reales o personales.
Contratar al personal necesario.
Otorgar RECOMENDACIONES y obligarse solidariamente así como constituir garantías a favor de terceros
ARTÍCULO TERCERO.
DOMICILIO.
El domicilio de la SMP es la Ciudad de México, Distrito Federal y no se entenderá cambiado en caso de que la propia SMP establezca oficinas fuera de dicha Ciudad, ni porque su gestión le lleve a lugares distintos de esta. En sus relaciones con terceros la SMP, podrá pactar domicilios convencionales.
ARTÍCULO CUARTO.
ADMISIÓN DE EXTRANJEROS Y NACIONALIDAD.
Los asociados extranjeros actuales o futuros, de la SMP que por esta escritura se constituye, se obligan formalmente ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, a considerarse como nacionales respecto a las partes sociales de que sean titulares, así como de los bienes, derechos, concesiones, participaciones o intereses de que sean titulares en dicha SMP, o bien de los derechos y obligaciones que deriven de los contratos en que sean parte la propia SMP con autoridades mexicanas, y a no invocar, por lo mismo, la protección de sus Gobiernos, bajo la pena en caso contrario de perder en beneficio de la Nación las participaciones sociales que hubieren adquirido.